Título TÍTULO V
Art. Disposición final tercera
En vigor desde 18 jul 2014
Se modifica el artículo 22 bis del texto refundido de la Ley de tasas de la Generalitat, aprobado por Decreto legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell, dándole la siguiente redacción:
"Artículo 22 bis. Bonificación.
En los supuestos de tramitación por vía electrónica de los servicios a los que se refiere el artículo 20, los sujetos pasivos gozarán de una bonificación del 50 por 100 de la cuota."
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Proeli/es-vc/l/2014/07/11/3#disposicion-final-tercera