Art. 64
En vigor desde 29 nov 2013
1. Se modifica la letra e del apartado 2 del artículo 187 del texto refundido de la Ley de urbanismo, que queda redactada del siguiente modo:
«e) El cambio de uso de los edificios e instalaciones.»
2. Se modifica el apartado 3 del artículo 187 del texto refundido de la Ley de urbanismo, que queda redactado del siguiente modo:
«3. Las licencias se otorgan sin perjuicio de las demás autorizaciones que sean preceptivas de acuerdo con la legislación de régimen local o sectorial.»
3. Se modifica el apartado 4 del artículo 187 del texto refundido de la Ley de urbanismo, que queda redactado del siguiente modo:
«4. No están sujetas la licencia urbanística:
a) Las obras de urbanización que constan en los planes y proyectos debidamente aprobados.
b) Las parcelaciones o la división de fincas incluidas en un proyecto de reparcelación.
c) Las obras que han de llevarse a cabo en cumplimiento de una orden de ejecución o de restauración en los supuestos que la legislación de régimen local o la legislación urbanística eximen de licencia previa.
d) Las obras y actuaciones que las ordenanzas municipales, en los términos establecidos por la legislación de régimen local y en función de la entidad de las obras o las actuaciones a realizar, o la legislación urbanística sujetan al régimen de comunicación previa al ayuntamiento.»
4. Se añade un nuevo apartado, el 5, al artículo 187 del texto refundido de la Ley de urbanismo, con el siguiente texto:
«5. Queda sujeto al régimen de comunicación previa al ayuntamiento, de acuerdo con el procedimiento que establece la legislación de régimen local, la primera utilización y ocupación de los edificios y construcciones. La comunicación ha de acompañarse de la certificación del facultativo director que acredite la fecha de finalización de las obras y de que estas se han efectuado de acuerdo con el proyecto aprobado o con las modificaciones posteriores y las condiciones impuestas, y que la edificación está en condiciones de ser utilizada.»
Se levanta la suspensión de la vigencia y aplicación del apartado 4 por Auto del TC de 19 de noviembre de 2013. Ref. BOE-A-2013-12482 Téngase en cuenta la Sentencia del TC 17/2016, de 4 de febrero que desestima el recurso. Ref. BOE-A-2016-2334 Se mantiene la suspensión de la vigencia y aplicación del apartado 4 por Auto del TC de 9 de abril de 2013. Ref. BOE-A-2013-4114 Se suspende la vigencia y aplicación del apartado 4 desde el 30 de noviembre de 2012 para las partes del proceso y desde el 17 de diciembre de 2012 para los terceros, por providencia del TC de 11 de diciembre de 2012 que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad nº. 6777-2012. Ref. BOE-A-2012-15188
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2012/02/22/3#art-64