Art. 23
En vigor desde 1 mar 2012
Se modifica el apartado 3 del artículo 65 del texto refundido de la Ley de urbanismo, que queda redactado del siguiente modo:
«3. En los sectores de uso residencial, los planes parciales urbanísticos han de reservar suelo para sistemas, como mínimo, en las proporciones siguientes:
a) Para zonas verdes y espacios libres públicos, 20 m 2 de suelo por cada 100 m 2 de techo edificable, con un mínimo del 10% de la superficie del ámbito de actuación urbanística.
b) Para equipamientos de titularidad pública, el valor inferior resultante de las proporciones siguientes: 20 m 2 de suelo por cada 100 m 2 de techo o 20 m 2 de suelo por cada vivienda; con un mínimo, en todos los casos, del 5% de la superficie del ámbito de actuación urbanística, además del suelo destinado a servicios técnicos, si procede. En el caso de que el planeamiento urbanístico general prevea el sistema urbanístico de viviendas dotacionales públicas, puede determinar que esta reserva para equipamientos de titularidad pública se destine, en determinados sectores, total o parcialmente al sistema urbanístico de viviendas dotacionales públicas, de acuerdo con lo establecido por el artículo 58.1.g.»
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Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2012/02/22/3#art-23