Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Medidas en materia de retribuciones
Art. 11
En vigor desde 2 oct 2012
1. Al personal docente e investigador y de administración y servicios de las Universidades públicas andaluzas se le aplicará una reducción del 5 % de sus retribuciones periódicas íntegras anuales, que se realizará sobre las retribuciones cuya regulación no sea de competencia estatal.
2. Dicha reducción se llevará a cabo en la forma que se acuerde dentro del ámbito del ejercicio de la autonomía universitaria, y en el ámbito de competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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Proeli/es-an/l/2012/09/21/3#art-11