Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 26
En vigor desde 6 jul 2017
Cada dos años, la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma elaborará un informe de supervisión de la contratación pública que presentará al Gobierno. Dicho informe dará cuenta de las fuentes más frecuentes de aplicación incorrecta de la normativa de contratación pública o de inseguridad jurídica, así como sobre la prevención, detección y notificación adecuada de los casos de fraude, corrupción, conflicto de intereses y otras irregularidades graves en la contratación.
Se añade por la disposición final 2.12 de la Ley 5/2017, de 1 de junio. Ref. BOE-A-2017-10292#df-2
Tus anotaciones
Proeli/es-ar/l/2011/02/24/3#art-26