Capítulo CAPÍTULO III
Art. 11
En vigor desde 23 feb 2021
No estarán sometidos a fiscalización previa los contratos de obras, servicios y suministros derivados de los acuerdos marco de valor estimado inferior a 15.000 euros o aquellos cuya adjudicación automática esté prevista en el propio acuerdo marco.
Se modifica por la disposición final 4.6 de la Ley 1/2021, de 11 de febrero. Ref. BOE-A-2021-4247#df-4
Tus anotaciones
Proeli/es-ar/l/2011/02/24/3#art-11