Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO I

Art. 85

En vigor desde 26 abr 2011
La Generalitat impulsará la cultura de la calidad en el comercio a través de las entidades públicas o privadas, especializadas en materia de gestión de la calidad y excelencia, fundamentalmente con aquellas que no tengan ánimo de lucro, fomentando que los prestadores de servicios comerciales establecidos en la Comunitat Valenciana, o quienes los oferten en régimen de libre prestación de servicios, procuren un alto nivel de calidad en los mismos.
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eli/es-vc/l/2011/03/23/3#art-85

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