Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 84
En vigor desde 26 abr 2011
La Generalitat garantizará el libre acceso y ejercicio de la actividad comercial, mediante la implantación de sistemas de calidad que redunden en la simplificación de trámites administrativos, la racionalización y agilidad de los procedimientos, y la accesibilidad del ciudadano a la información y a los servicios por medios electrónicos, a través de las denominadas ventanillas únicas.
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Proeli/es-vc/l/2011/03/23/3#art-84