Capítulo CAPÍTULO II
Art. 6
En vigor desde 3 nov 2011
1. Los órganos de gobierno de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo son:
a) La Presidencia.
b) El Consejo de Administración.
c) La Dirección General.
2. Los estatutos de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo desarrollarán lo previsto en esta Ley sobre su estructura orgánica y funcional y, de acuerdo con ella, establecerán el régimen de funcionamiento así como cualquier otro aspecto que sea preciso para el mejor cumplimiento de sus fines.
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Proeli/es-pv/l/2011/10/13/3#art-6