Capítulo CAPÍTULO II

Art. 6

En vigor desde 3 nov 2011
1. Los órganos de gobierno de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo son: a) La Presidencia. b) El Consejo de Administración. c) La Dirección General. 2. Los estatutos de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo desarrollarán lo previsto en esta Ley sobre su estructura orgánica y funcional y, de acuerdo con ella, establecerán el régimen de funcionamiento así como cualquier otro aspecto que sea preciso para el mejor cumplimiento de sus fines.
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eli/es-pv/l/2011/10/13/3#art-6

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