Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 7
En vigor desde 10 may 2010
La competencia municipal en materia de prevención de incendios incluye las funciones necesarias para garantizar la seguridad en caso de incendio dentro del municipio en los términos que establezca la normativa de aplicación, en especial las funciones normativas, de control, de inspección, de informe y sancionadoras, todo ello sin perjuicio de la supervisión y el control superiores reservados a la Administración de la Generalidad.
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Proeli/es-ct/l/2010/02/18/3#art-7