Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 13
En vigor desde 24 dic 2009
El Instituto propondrá, a través de la Consejería competente en materia de servicios sociales, previo informe de la Consejería competente en materia de función pública, las correspondientes relaciones de puestos de trabajo que se ajustarán a los términos establecidos en la normativa reguladora de la función pública de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que se aprobarán mediante decreto del Consejo de Gobierno.
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Proeli/es-cb/l/2009/11/27/3#art-13