Título TÍTULO XCapítulo CAPÍTULO II

Art. 140

En vigor desde 3 jul 2007
Las sanciones que pueden imponerse son: a) Separación del servicio o revocación del nombramiento del personal funcionario interino. b) Suspensión de funciones y retribuciones. c) Traslado a un puesto de trabajo situado en una localidad o isla distinta. d) Traslado a un puesto de trabajo situado en la misma localidad. e) Pérdida de uno a tres grados personales. f) Amonestación.
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eli/es-ib/l/2007/03/27/3#art-140

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