Capítulo CAPÍTULO V
Art. 22
En vigor desde 8 may 2005
Al cesar en el cargo, los ex presidentes de la Junta de Andalucía tendrán derecho a una asignación económica, determinada de acuerdo con lo previsto en el artículo 10, número cinco, norma primera, de la Ley 74/1980, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 1981.
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Proeli/es-an/l/2005/04/08/3#art-22