Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO I

Art. 55

En vigor desde 31 may 2005
Las universidades públicas de la Región de Murcia dispondrán de los recursos necesarios para el ejercicio de sus funciones y estarán sometidas a los principios de eficiencia, equidad, autonomía, transparencia y coordinación.
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eli/es-mc/l/2005/04/25/3#art-55

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