Art. 11
En vigor desde 7 jul 2010
Con el fin de velar por la plena transparencia en el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones previstas en la presente Ley, las Administraciones Públicas promoverán la elaboración de Códigos de buenas prácticas comerciales, así como la adopción de sistemas de resolución de conflictos a través de la mediación y el arbitraje, siendo de adscripción voluntaria por parte de los agentes económicos.
Se añade por el .7 de la Ley 15/2010, de 5 de julio. Ref. BOE-A-2010-10708 .
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2004/12/29/3#art-11