Título TÍTULO II

Art. DISPOSICIÓN TRANSITORIA

En vigor desde 12 may 1993
DISPOSICIÓN TRANSITORIA La Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes procederá a la constitución de las juntas de estimación provinciales referidas en esta Ley en el plazo máximo de seis meses.
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eli/es-ga/l/1993/04/16/3#disposicion-transitoria

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