Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 38
En vigor desde 21 mar 1991
La Consejería de Política Territorial podrá establecer en puntos estratégicos de la red de la Comunidad de Madrid, instalaciones de aforos y estaciones de pesajes para conocimiento y control de las características de la demanda de tráfico sobre la infraestructura de las carreteras.
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Proeli/es-md/l/1991/03/07/3#art-38