Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 26

En vigor desde 16 abr 1991
Corresponden a la Comisión Interdepartamental para la Formación de Adultos las siguientes funciones: a) Elaborar el programa interdepartamental para la formación de adultos. b) Promover y coordinar los proyectos de formación de adultos. c) Evaluar los resultados obtenidos en la ejecución del programa general. d) Cualesquiera otras que el Gobierno le atribuya.
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eli/es-ct/l/1991/03/18/3#art-26

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