Capítulo CAPÍTULO I

Art. 6 bis

En vigor desde 31 mar 1998
En relación con la Tasa Fiscal sobre el Juego se armonizarán, cuando proceda, los siguientes aspectos: a) La determinación de los siguientes aspectos sustantivos del Impuesto: 1. El ámbito de aplicación. 2. La base imponible. 3. El tipo de gravamen. 4. El devengo. b) El establecimiento, supresión y prórroga de las exenciones, reducciones y demás bonificaciones tributarias. Se añade por el de la Ley 4/1998, de 6 de marzo. Ref. BOE-A-2011-20037

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eli/es-pv/l/1989/05/30/3#art-6-bis

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