Título TÍTULO IV

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 27 dic 1986
Se autoriza a la Xunta de Galicia para que dicte las disposiciones precisas para el desarrollo y aplicación de la presente Ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/1986/12/18/3#disposicion-final-segunda

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil