Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición derogatoria
En vigor desde 19 ene 1986
Quedan derogadas a la entrada en vigor de la presente Ley las disposiciones de igual o inferior rango emanadas de los órganos de la Comunidad Autónoma que se opongan a lo previsto en la misma.
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Proeli/es-as/l/1985/12/26/3#disposicion-derogatoria