Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO III

Art. 59

En vigor desde 30 nov 2014
Los guardias civiles serán evaluados para determinar: a) La aptitud para el ascenso al empleo superior. b) La selección de un número limitado de asistentes a los cursos en que así se establezca. c) La insuficiencia de facultades profesionales. d) La insuficiencia de condiciones psicofísicas.
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eli/es/l/2014/11/28/29#art-59

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