Libro LIBRO I›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 2.ª Interrupción de la prescripción
Art. 121
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En vigor desde 9 jun 2015
Son causas de interrupción de la prescripción:
a) El ejercicio de la pretensión frente a los tribunales, aunque sea desestimada por defecto procesal.
b) El inicio del procedimiento arbitral relativo a la pretensión.
c) La reclamación extrajudicial de la pretensión.
d) El reconocimiento del derecho o la renuncia a la prescripción de la persona contra quien puede hacerse valer la pretensión en el transcurso del plazo de prescripción.
Se modifica la letra b) por el de la Ley 6/2015, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-2015-6014 .
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2002/12/30/29#art-121-10