Título Título III›Capítulo Capítulo III›Secc. Sección 3.ª Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima
Art. 91
En vigor desde 15 dic 1992
1. Los órganos de gobierno de la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítimas serán:
a) El Consejo de Administración.
b) El Presidente.
2. El órgano de gestión será el Director de la Sociedad.
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Proeli/es/l/1992/11/24/27#art-91