Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 33
En vigor desde 25 dic 2018
La publicidad dirigida a la infancia o la adolescencia que se divulgue en cualquier medio escrito, audiovisual o telemático, dentro del ámbito de la Comunitat Valenciana, debe estar sometida a los siguientes principios de actuación:
1. Adaptación a la madurez de la audiencia a la que se dirige el mensaje.
2. Exclusión de la violencia, la discriminación y de cualquier mensaje que incite al odio.
3. Publicidad real y de no incitación al consumo.
4. Publicidad veraz, no engañosa.
5. Publicidad informativa, no perjudicial ni peligrosa, y compatible con hábitos de vida saludables.
6. Accesibilidad universal.
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Proeli/es-vc/l/2018/12/21/26#art-33