Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO I

Art. 60

En vigor desde 5 feb 2011
1. A los efectos de lo establecido por el presente título, se entiende por disposiciones reglamentarias las disposiciones de carácter general y rango inferior a ley dictadas por el Gobierno o por los consejeros de los departamentos de la Administración de la Generalidad que, cualquiera que sea la materia de que traten, contengan normas que innoven el ordenamiento jurídico. 2. A los efectos de lo establecido por el presente título, quedan excluidas del concepto de disposición reglamentaria las instrucciones y las circulares u órdenes de servicio emitidas por los órganos de la Administración de la Generalidad.
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eli/es-ct/l/2010/08/03/26#art-60

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