Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 20 oct 1994
1. Quedan derogadas las siguientes disposiciones: Disposición transitoria primera, apartado 8, y disposición transitoria cuarta, apartado 1, de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Disposición adicional vigésima y disposición transitoria cuarta, ambas de la Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989. 2. Asimismo, quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta Ley.
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eli/es/l/1994/09/29/26#disposicion-derogatoria-unica

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