Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 29
En vigor desde 18 dic 2014
Todos los poderes públicos, órganos y organismos del Estado deberán respetar las obligaciones de los tratados internacionales en vigor en los que España sea parte y velar por el adecuado cumplimiento de dichos tratados.
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Proeli/es/l/2014/11/27/25#art-29