Título TÍTULO VI

Art. Disposición adicional sexta

En vigor desde 27 dic 2009
Las materias reguladas por esta Ley se ajustan a la distribución de competencias legislativas, de desarrollo de la legislación básica y de ejecución previstas en la Constitución y en los Estatutos de Autonomía.
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eli/es/l/2009/12/22/25#disposicion-adicional-sexta

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