Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional sexta
En vigor desde 23 jul 2015
Los Cuerpos Nacionales del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social estarán adscritos al Ministerio de Empleo y Seguridad Social, sin perjuicio de la dependencia estatal o autonómica de los funcionarios que los integran, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.3.
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Proeli/es/l/2015/07/21/23#disposicion-adicional-sexta