Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 7
En vigor desde 31 dic 2006
Las prescripciones establecidas en esta Ley en materia de organización serán desarrolladas y concretadas a través de reglamento orgánico que será aprobado por el pleno. El acuerdo de aprobación requiere mayoría absoluta.
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Proeli/es-ib/l/2006/12/20/23#art-7