Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 4
En vigor desde 31 dic 2006
1. La lengua catalana, propia de las Illes Balears, lo es también del Ayuntamiento de Palma de Mallorca.
2. El Ayuntamiento de Palma de Mallorca garantizará el uso del catalán y del castellano, dentro del marco constitucional y estatutario.
3. El Ayuntamiento de Palma de Mallorca normalizará el uso de la lengua catalana, propia de las Illes Balears, en el ámbito de sus competencias conforme a la normativa vigente.
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Proeli/es-ib/l/2006/12/20/23#art-4