Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO VIII

Art. 76

En vigor desde 3 ene 2006
El Consejo del Audiovisual de Cataluña debe promover acuerdos de cooperación con otras autoridades de las demás comunidades autónomas, la del Estado y las de ámbito europeo que tengan competencias sobre la comunicación audiovisual y sobre la defensa de la competencia, al efecto del intercambio de información.
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eli/es-ct/l/2005/12/29/22#art-76

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