Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 10
En vigor desde 3 ene 2006
La prestación de servicios de comunicación audiovisual, de acuerdo con los criterios y los límites que establece esta ley, exige el respeto necesario de los derechos reconocidos en favor de terceros de acuerdo con la legislación vigente en materia de protección de la propiedad intelectual.
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Proeli/es-ct/l/2005/12/29/22#art-10