Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Disposiciones generales

Art. 96

En vigor desde 29 jul 1988
Las sanciones impuestas por infracciones graves, una vez firmes, se harán públicas en la forma que se determine reglamentariamente.
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eli/es/l/1988/07/28/22#art-96

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