Libro LIBRO PRIMEROTítulo TÍTULO I

Art. 3

En vigor desde 17 ene 1965
Cuando los hechos perseguidos sean susceptibles de calificación con arreglo a dos o más preceptos de esta Ley o de otras, el Tribunal podrá aplicar aquel que asigne mayor pena al delito o falta cometidos.
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eli/es/l/1964/12/24/209#art-3

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