Título TÍTULO XXXIIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 33

4-6

En vigor desde 31 dic 2017
La base liquidable se calculará reduciendo la base imponible en el importe del coste del visado colegial de garantía de las actuaciones administrativas relacionadas con las viviendas de protección pública y actuaciones protegibles, en el supuesto de expedientes de calificación de viviendas de protección pública cuyos proyectos dispongan del visado de garantía, conforme a la normativa de vivienda de protección pública.
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eli/es-vc/l/2017/12/28/20#art-33-20

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