Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 200

En vigor desde 1 ene 2016
Por la comisión de infracciones leves se impondrá a la entidad infractora una o varias de las siguientes sanciones: a) Multa por importe máximo de 60.000 euros. b) Amonestación privada.
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eli/es/l/2015/07/14/20#art-200

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