Título TÍTULO XI
Art. Disposición adicional primera
En vigor desde 31 dic 2006
Las sanciones económicas que prevé el artículo 186.3 pueden ser actualizadas conformemente a las variaciones que experimente el Índice de Precios del Consumo dentro del ámbito de las Illes Balears.
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Proeli/es-ib/l/2006/12/15/20#disposicion-adicional-primera