Título TÍTULO IX
Art. Disposición derogatoria única
En vigor desde 9 jul 2003
Quedan derogadas las siguientes disposiciones:
a) Del Estatuto de la Propiedad Industrial, aprobado por Real Decreto-Ley de 26 de julio de 1929, texto refundido aprobado por Real Orden de 30 de abril de 1930, y ratificado con fuerza de ley por la de 16 de septiembre de 1931, los títulos I, IV, VIII y el capítulo II del título XI.
b) De la Ley 17/1975, de 2 de mayo, sobre Creación del Organismo autónomo "Registro de la Propiedad Industrial", el apartado 4 del artículo 11, en cuanto a afecta a modelos y dibujos industriales y artísticos.
c) Las normas de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo dispuesto en esta ley.
d) Se derogan los artículos 26 al 32, ambos inclusive, de la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del régimen legal de las Tasas Estatales y Locales de reordenación de las prestaciones patrimoniales de carácter público, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición transitoria séptima.
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Proeli/es/l/2003/07/07/20#disposicion-derogatoria-unica