Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 34
En vigor desde 8 jul 2004
La oposición deberá formularse ante la Oficina Española de Patentes y Marcas mediante escrito motivado, acompañado en su caso de los correspondientes documentos probatorios. Con el escrito de oposición se acompañará el justificante del pago de la tasa de oposición.
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Proeli/es/l/2003/07/07/20#art-34