Art. Disposición final primera

En vigor desde 1 may 2020
En el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente Ley, el Gobierno debe presentar ante el Parlamento de Cataluña un proyecto de Ley de modificación o derogación de la Ley 8/1981, de 2 de noviembre, que crea la Entidad Autónoma de Organización de Espectáculos y Fiestas, a fin de evitar la coincidencia de funciones entre la mencionada entidad autónoma y el Instituto Catalán de las Empresas Culturales. Se modifica por el art. 131.1 de la Ley 5/2020, de 29 de abril. Ref. BOE-A-2020-5569

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eli/es-ct/l/2000/12/29/20#disposicion-final-primera

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