Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición adicional primera
En vigor desde 4 dic 1998
Las competencias que la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de Creación del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, atribuye a este organismo autónomo, en relación con el transporte público regular de viajeros, deben entenderse referidas, en todo caso, a los transportes públicos regulares de viajeros de uso general.
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Proeli/es-md/l/1998/11/27/20#disposicion-adicional-primera