Libro TÍTULO PRELIMINAR›Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 79
En vigor desde 1 ene 2002
La base imponible del Arbitrio se determinará conforme a lo dispuesto en el artículo 22 de la presente Ley.
Se modifica y renumera por el .1 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2001-24965 . Su anterior numeración era .
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1991/06/07/20#art-79