Libro LIBRO IITítulo TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 68

En vigor desde 1 ene 2015
No están sujetas al Arbitrio las siguientes transmisiones de bienes: 1.º Los incluidos en el Anexo I de la Ley de la Comunidad Autónoma de Canarias 4/2014, de 26 de junio, por la que se modifica la regulación del arbitrio sobre importaciones y entregas de mercancías en las Islas Canarias, en los supuestos comprendidos en los números 1.º, 4.º, 5.º, 7.º y 8.º del artículo 9 de esta Ley. 2.º Las segundas y ulteriores entregas de los bienes efectuadas por los productores en el supuesto de recompra de los mismos. Se modifica el apartado 1 por el .18 de la Ley 28/2014, de 27 de noviembre. Ref. BOE-A-2014-12329 . Esta modificación surte efectos desde el 1 de julio de 2014, según establece la disposición final 5.c). Se modifica y renumera por el .1 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2001-24965 . Su anterior numeración era .

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eli/es/l/1991/06/07/20#art-68

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