Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 20 jun 2026
Se creará una mesa cuya función será la discusión de aspectos de índole técnica de las materias recogidas en los títulos II y III de la presente ley, cuyo fin sea mejorar el grado de conocimiento de la aplicación de la normativa en vigor.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-an/l/2026/03/12/2#disposicion-adicional-cuarta