Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Autorización ambiental integrada
Art. 66
En vigor desde 20 jun 2026
El régimen del cese temporal de la actividad y cierre de la instalación será el previsto en la normativa básica estatal, de acuerdo con el artículo 23 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, y su normativa de desarrollo.
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Proeli/es-an/l/2026/03/12/2#art-66