Título TÍTULO III

Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 22 ago 2024
Los nombramientos realizados con base en lo previsto en la presente ley procurarán atender al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en los nombramientos y designaciones de los cargos de responsabilidad realizados por los poderes públicos, establecido en el artículo 16 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
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eli/es/l/2024/08/01/2#disposicion-adicional-segunda

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