Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 130
En vigor desde 3 mar 2023
La composición, las funciones y el funcionamiento de la Comisión de Medicina Deportiva de las Illes Balears se tienen que determinar por reglamento y tienen que tener en cuenta la verificación y el tratamiento de los deportistas de alto nivel y de alto rendimiento de las Illes Balears.
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Proeli/es-ib/l/2023/02/07/2#art-130