Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. 23

En vigor desde 25 abr 2023
1. La plantilla de personal es la relación de la totalidad de las plazas dotadas presupuestariamente que corresponden a cada uno de los cuerpos y escalas de personal funcionario, categorías de personal estatutario, grupos y otros sistemas de clasificación de personal laboral, agrupadas por Consejerías, organismos públicos y entidades de derecho público o, en su caso, por programas presupuestarios de gastos, estructura del empleo público de cada Administración u otra clasificación que resulte de los créditos establecidos en la Ley del Principado de Asturias de Presupuestos Generales. 2. Las plantillas deberán responder a los principios de racionalidad, eficiencia y economía. La Ley del Principado de Asturias de Presupuestos Generales determinará en cada ejercicio las plantillas de todo el personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias y de las entidades de derecho público a que se refiere el artículo 2.1.b).
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eli/es-as/l/2023/03/15/2#art-23

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